Logo Toribio Achaval
USD 715.000

Elcano 2928

Belgrano - Capital Federal

222 m2 Superificie total

Descripción

Terreno emplazado en el barrio de Belgrano , sobre la Av Elcano entre Cramer y Zapiola. . Pròximo a la Av Cabildo Ideal para la construcciòn de emprendimiento de vivienda

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Terreno (m2): 222
  • Sup.Vendible Estimada(m2): 1105
  • LFI: 18.78
  • Altura Máxima (mts.): 22.80
  • Frente (mts.): 7.80
  • Lateral der. (mts.): 27.87

Descripción del inmueble

737 x 660 UVAS x 0.35

Observaciones

Acepta metros terminados en parte de pago 

.

AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

logo
© Toribio Achával. Todos los derechos reservados.
QR AFIP

LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.