Logo Toribio Achaval
USD 700.000

Lima - Calle 111

Lima - Zárate

100000 m2 Superificie total

Descripción

Terreno de 100000 m2.

Características de la propiedad

  • fraccionable
  • disponible
  • Adjetivos: muy bueno

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Terreno (m2): 100000
  • Frente (mts.): 330
  • Fondo (mts.): 300
  • Calle: de tierra

Descripción Complementaria

  • Alumbrado
  • Energía Eléctrica

Observaciones

Fracción de 10 Has.

A 160 mts. de la barranca y lindero a Delta Dock.

A 1.100 mts. de la central nuclear de Atucha, a 1.000 mts. de la costa, club de pesca.

A 790 mts. de la calle pavimentada de acceso a delta dock y a central Atucha.

.

AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

logo
© Toribio Achával. Todos los derechos reservados.
QR AFIP

LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.