Logo Toribio Achaval
USD 87.376

Ruta 11 Km 378

Pinamar - Pinamar

1187 m2 Superificie total
Orientación sur

Descripción

Cancha de Golf de 9 hoyos. Playa de 1.2 km Canchas de Tenis, Futbol, Rugby, Basquet y Paddle. Pileta cubierta climatizada. Área deportiva. Club House. 17 Lagunas y espejos de agua. Área de bosques. Seguridad 24 hs. con control de acceso. PROXIMAMENTE Centro comercial con 70 locales (restaurantes - Mercado - Indumentaria - Cafeteria - Cine - Farmacia).

Características de la propiedad

  • Orientación: sur

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Terreno (m2): 1187
  • Frente (mts.): 25
  • Fondo (mts.): 54

Forma de Pago

PAGO CONTADO.

.

AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

logo
© Toribio Achával. Todos los derechos reservados.
QR AFIP

LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.